Afectados por el terremoto en Colombia pueden usar sus cesantías para reparar sus viviendas

Tras el terremoto, el Ministerio del Trabajo recordó las medidas que pueden aplicar trabajadores y empleadores, incluido el uso de las cesantías.

Por: Paula Andrea Tobaria • Colombia.com
MinTrabajo recordó el uso de cesantías tras el sismo. Foto: EFE / Circular 0096 de 2026
MinTrabajo recordó el uso de cesantías tras el sismo. Foto: EFE / Circular 0096 de 2026

Tras el terremoto, el Ministerio del Trabajo recordó las medidas que pueden aplicar trabajadores y empleadores, incluido el uso de las cesantías.

Tras el fuerte terremoto en Colombia del pasado lunes 10 de agosto, que dejó a miles de damnificados, el Ministerio del Trabajo recordó que los colombianos pueden retirar las cesantías para arreglar sus viviendas afectadas por la emergencia sísmica.

A través de la Circular 0096 de 2026, el MinTrabajo dejó varias orientaciones para trabajadores y empleadores, dentro de las que está el “Retiro parcial de cesantías para reparación y mejora de vivienda”.

Cabe recordar que el artículo 256 del Código Sustantivo del Trabajo permite retirar parte de las cesantías para comprar, construir o mejorar una vivienda, incluyendo una casa averiada por un sismo.

“En las zonas afectadas, cuando las obras de reparación, adecuación o mejoramiento de una vivienda se subsuman en las finalidades autorizadas por la norma, los trabajadores podrán acudir a este mecanismo y los empleadores o fondos de cesantías, según el régimen aplicable, deberán tramitar las solicitudes dentro del ámbito de sus competencias con la mayor celeridad posible y evitando dilaciones injustificadas”, detalló el ministerio en la circular.

Sin embargo, tenga en cuenta que esta circular no lo exonera de ningún trámite, es decir que debe usar el procedimiento establecido por la ley para solicitar sus cesantías, demostrando que ese dinero se va a usar realmente para la reparación de su vivienda, además de cumplir con los demás requisitos.

Otras medidas laborales para enfrentar la emergencia

Dentro de las otras orientaciones que el MinTrabajo recordó tanto a trabajadores como a empleadores están:

  • Seguridad primero: no se debe volver a un lugar de trabajo con daños hasta que sea revisado por expertos.
  • Trabajo en casa: se invita a las empresas a permitirlo de forma temporal si la labor lo permite.
  • Horarios flexibles: se pueden ajustar turnos y tareas, respetando los derechos de los trabajadores.
  • Permiso por calamidad doméstica: aplica si el sismo afectó gravemente al trabajador o su familia.
  • Faltas justificadas: los empleadores deben verificar si una falta o retraso se debió a la emergencia antes de sancionar.
  • Vacaciones anticipadas: se pueden acordar por escrito para atender la situación.
  • Licencias sin sueldo y ayudas económicas: de carácter voluntario, según la capacidad de cada empresa.
  • Adelanto de la prima de diciembre: posible si el empleador tiene cómo hacerlo.
  • Accidentes de trabajo: una lesión por el sismo no se considera automáticamente accidente laboral, se debe evaluar caso por caso.