Conozca más acerca del proyecto de reforma tributaria

La reforma mantiene el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) en cuatro por mil hasta el 2018, crea el Impuesto a la Riqueza y establece una sobretasa de 3% al CREE. De esta forma, busca un equilibrio entre los gravámenes a la riqueza y a las utilidades, sin afectar a la clase media  ni a las Pyme. 

Colombia.com - Actualidad
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La reforma mantiene el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) en cuatro por mil hasta el 2018, crea el Impuesto a la Riqueza y establece una sobretasa de 3% al CREE. De esta forma, busca un equilibrio entre los gravámenes a la riqueza y a las utilidades, sin afectar a la clase media  ni a las Pyme. 

El impuesto a la riqueza deberá ser pagado por personas y empresas que tengan patrimonios líquidos superiores a $1.000 millones. Es decir, que este esfuerzo recae en 52 mil personas naturales (1% de la población) y 32 mil empresas (9.0%).  La sobretasa al CREE gravaría tan sólo a 6 mil empresas (2.5%). 

Así mismo, se establece la creación de una comisión para analizar el régimen tributario de las entidades sin ánimo de lucro y proponer reformas al mismo para combatir la evasión. También se establece un impuesto complementario a la riqueza para los contribuyentes que declaren sus activos omitidos tanto en Colombia como en el exterior, pagando una tarifa del 10%, 15%, y20% de dichos activos, entre 2015 y 2017, respectivamente. Se propone penalización en el evento de no declararlos.    
  
A qué se destinarán los recursos de este proyecto de ley  

Se busca  mantener los ingresos que garanticen continuidad en la política social y permitan alcanzar  los logros que nos hemos trazado en el cuatrienio. Con la iniciativa se obtienen recursos que se dejan de percibir por la desaparición del Impuesto al Patrimonio y la reducción del GMF. 

De esta manera, se obtendrán ingresos del orden de $12,5 billones por año durante los próximos cuatro años. Son recursos con los que se dará continuidad a las necesidades de seguridad y defensa,  se mantendrá la inversión sin precedentes para la familia campesina, se avanzará en las metas de educación y  se alcanzará la plena cobertura en el Programa de Cero a Siempre para la primera infancia. 

Por qué este proyecto es permanente y no anual como el Presupuesto 

Esta Ley no tiene la restricción de la anualidad porque no autoriza gasto alguno. Sólo el componente de gastos de la Ley de Presupuesto está restringido a la vigencia para el cual se autoriza. El proyecto que se propone se elaboró con un cálculo anualizado, estimado en el faltante del PGN propuesto para  2015 ($12,5 billones). Con base en lo anterior, este proyecto de ley crea rentas y modifica las existentes más allá de la próxima anualidad.  El recaudo en 2015 se destinará a financiar el presupuesto pendiente de fuente para dicha vigencia.  Así se ha hecho en otras oportunidades  (reformas 2000 y 2006), respecto de las cuales la Corte Constitucional ha señalado que ese es el trámite legislativo a seguir. 

Información de Caracol Radio.