Diálogos de Paz

¿Cuál es el punto cinco del acuerdo final?

Este punto está dirigido a reconocer y reparar a las víctimas del conflicto a través de mecanismos judiciales como la Jurisdicción Especial para la Paz.

Foto: EFE
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Este punto está dirigido a reconocer y reparar a las víctimas del conflicto a través de mecanismos judiciales como la Jurisdicción Especial para la Paz.

El Punto 5 contiene el acuerdo “Víctimas”. El acuerdo crea el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que contribuye a la lucha contra la impunidad combinando mecanismos judiciales que permiten la investigación y sanción de las graves violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario.

Para ello el Sistema Integral está compuesto por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado; la Jurisdicción Especial para la Paz; las Medidas de reparación integral para la construcción de la paz; y las Garantías de No Repetición.  

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Los puntos claves del acuerdo de "Víctimas":

  1. LA COMISIÓN PARA EL ESCLARECIMIENTO DE LA VERDAD, LA CONVIVENCIA Y LA NO REPETICIÓN

Este será un órgano independiente, temporal y extrajudicial que contribuirá al esclarecimiento de lo ocurrido en el conflicto. Debe promover el reconocimiento de las víctimas y el reconocimiento  de responsabilidad de quienes participaron directa o indirectamente en la guerra.

La comisión estará integrada por 11 personas, que serán elegidas por el mecanismo que elegirá a los magistrados que conformarán la Jurisdicción Especial para la Paz. Esta comisión estará por tres años y deberá acudir a las regiones más golpeadas por el conflicto para realizar audiencias públicas, con el propósito de una reconciliación, y finalmente emitirá un informe de conocimiento público.

2. UNIDAD PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS DADAS POR DESAPARECIDAS EN EL CONTEXTO Y EN RAZÓN DEL CONFLICTO

Este organismo deberá coordinar todas las acciones para las búsqueda de personas. En caso de que la persona haya fallecido, deberán localizar el cuerpo y entregar los restos o indagar sobre lo ocurrido con la persona. En ningún momento esta unidad sustituirá las acciones judiciales que exista en estos casos.

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3. JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Esta jurisdicción está creada para investigar, juzgar y sancionar todos los crímenes cometidos durante el conflicto y de esta manera reconocer los derechos de las víctimas.

Los jueces: Esta jurisdicción estará encabezada por un tribunal de 24 magistrados colombianos y extranjeros que juzgarán los delitos más graves. Estos magistrados serán elegidos el papa, el secretario general de la ONU, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el Instituto de Justicia Transicional (ICTJ) y la Comisión Permanente del Sistema de Universidades del Estado.

Serán juzgados: Miembros de grupos guerrilleros que suscriban un acuerdo final de paz con el Gobierno, una vez hayan dejado las armas. Asimismo, agentes del Estado que haya cometido delitos durante el conflicto armado. Finalmente, personas que sin formar parte de los grupos armados, financiaron o colaboraron de manera voluntaria en los crímenes más graves y representativos.

El momento de la verdad: Quienes hayan cometido delitos de lesa humanidad o de guerra tendrán que reconocer la verdad antes la Jurisdicción Especial para la Paz. Quienes lo hagan tendrán penas entres cinco a ocho años. Quienes no lo hagan se someterán a una investigación y pagarán penas de hasta 20 años.

Delitos de lesa humanidad: El genocidio, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad como por ejemplo el secuestro de civiles, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores.

Amnistía: Existirá una sala de amnistía para aquellos guerrilleros que no hayan cometido delitos de lesa humanidad, como: el constreñimiento, la falsedad en documento público, algunos homicidios en combate, en conexos con la rebelión y el narcotráfico cuando se demuestre que se encaminaron a financiar al grupo armado y no al enriquecimiento personal. 

Derechos políticos: Ninguno de los condenados por el tribunal tendrán restricciones para participar en política.

Tribunal de cierre: Contra las decisiones del tribunal no se podrá interponer ningún recurso. Adicionalmente, éste podrá revisar sentencias ya existentes.

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4. REPARACIÓN INTEGRAL

El acuerdo pide profundizar en los programas de reparación ya existentes. Es decir, desde actos públicos de reconocimiento de responsabilidades, hasta el desminado, la reconstrucción de pueblos y la entrega de cuerpos.

Esta reparación estará ligada a los programas de desarrollo rural, restitución y retorno de desplazados, además, de fortalecer la dimensión psicosocial.

Finalmente las Farc se comprometieron a contribuir con la reparación material de las víctimas.

5. GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN

Para ello, el acuerdo garantiza enfocarse en las problemáticas de la tierra, la política, el problema de las drogas, la justicia y la reincorporación. Desde cada una de ellas se contribuirá para una cultura de paz, de reconciliación, de respeto a los derechos humanos y la no violencia.

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