Corte Constitucional entierra sentencia que exigía la consulta antitaurina
La sala plena de la Corte cree que debe ser el Congreso el que decida si se pueden o no hacer corridas de toros.

La sala plena de la Corte cree que debe ser el Congreso el que decida si se pueden o no hacer corridas de toros.
La Corte Constitucional declaró inexistente la sentencia T-121 de 2017 que obligaba a Enrique Peñalosa, alcalde Mayor de Bogotá, que en el término de 48 horas después de la notificación de la decisión, se llevaran a cabo todos los trámites pertinentes para desarrollar la consulta popular que autorizó el Concejo de Bogota.
Se acogieron los argumentos del magistrado ponente Carlos Bernal, durante la sala plena de la Corte, quien indicó que el tema resuelto en esa decisión era cosa juzgada, pues ya había dicho el alto tribunal que la competencia para este tipo de temas es decisión del Congreso Nacional.
Lo que significa el fallo, la prohibición de las corridas que se buscaba por voto popular, se debe gestionar un proyecto al respecto y no se le debe preguntar a los ciudadanos si las quieren o no.
La decisión provocó diversas reacciones en las redes sociales:
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