Tumban norma que prohibía consumir licor y drogas en espacio público
La decisión la tomó la Corte Constitucional al determinar que estas normas vulneran el libre desarrollo de la personalidad.

La decisión la tomó la Corte Constitucional al determinar que estas normas vulneran el libre desarrollo de la personalidad.
La sala plena de la Corte Constitucional tumbó el artículo del Código de Policía que prohíbe el consumo de dosis mínima y alcohol en espacio público.
La Corte Constitucional consideró que esta norma "no es razonable" porque "viola el libre desarrollo de la personalidad".
"El libre desarrollo de la personalidad al prohibir de forma personal, so pena de medidas policivas, el consumir alcohol y sustancias psicoactivas en espacio público como forma de proteger la tranquilidad y las relaciones respetuosas", aseguró la magistrada Diana Fajardo, ponente del fallo.
Además, la magistrada Diana Fajardo, explicó en rueda de prensa, que la decisión de la Corte parte de que "si una familia tiene un almuerzo campestre en un parque y se toma una cerveza" estaría infringiendo la ley, aunque su comportamiento no afecte el espacio público ni a quienes se encuentren allí.
"Lo que se está protegiendo aquí, realmente, es que no haya alteraciones de la convivencia, pero lo que la Corte encuentra es que no necesariamente el consumo va a generar esa alteración, y ese es el problema que tiene esa norma de constitucionalidad", detalló la magistrada.
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Para el alto tribunal, la norma afectaba "la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas, y que eran contrarios al cuidado e integridad del espacio público".
A su turno, la magistrada Gloria Stella Ortiz, presidenta del alto tribunal, aseguró que el hecho de que el interés general prime sobre el interés particular "no es una regla que se lea a rajatabla", pues la Constitución "señala que los derechos individuales de las personas son inalienables y tienen protección especial".
Adicionalmente, Ortiz manifestó que la norma que se analizó en la Corte hace referencia a "la prohibición del consumo, no del comportamiento" de quien consume, y que por eso se estableció que esos dos artículos vulneran el libre desarrollo de la personalidad.
La votación fue seis magistrados a favor de derogarla y uno en contra.
Esta medida fue la base para la implementación del decreto 1844 de 2018, que expidió el presidente Iván Duque, y que facultaba a la Policía para decomisar la dosis mínima en espacios de aprovechamiento común.
Esta es la rueda de prensa completa: