Tutela contra emergencia económica fue negada por juez: gobierno se anota un punto a inicio de año

La tutela que pretendía dejar por el piso la emergencia económica se cayó y será la Corte Constitucional la que tome cartas en el asunto.
 

Por: Juan Carlos Garcia Sierra • Colombia.com
Paloma Valencia lideró la acción de tutela en contra de la emergencia económica. Foto: Twitter @PalomaValenciaL
Paloma Valencia lideró la acción de tutela en contra de la emergencia económica. Foto: Twitter @PalomaValenciaL

La tutela que pretendía dejar por el piso la emergencia económica se cayó y será la Corte Constitucional la que tome cartas en el asunto.
 

La acción de tutela que habían interpuesto algunos congresistas y diferentes elementos del ambiente político nacional contra el decreto de emergencia económica fue negada por un juez. 

Acción interpuesta el 22 de diciembre

El pasado 22 de diciembre, una acción de tutela fue interpuesta por Paloma Valencia, Carlos Edward Osorio, Elkin Darío Meriño, Gabriel Mejía Vallejo, entre otros, con la idea de que no se le permitiera judicialmente al presidente Gustavo Petro decretar la emergencia económica. 

De acuerdo con informaciones reveladas por El Tiempo, el fallo de un juez ante la acción de tutela interpuesta advierte que no se puede evitar el control constitucional de la Corte. 

La acción de tutela interpuesta por los políticos, entre ellos la precandidata del Centro Democrático, Paloma Valencia, pretendía montar una barrera para impedir la vigencia inmediata de los impuestos contenidos en el decreto de emergencia económica, justo cuando la rama judicial se encuentra en vacaciones y la Corte Constitucional no puede realizar control automático. 

El juez que rechazó la acción de tutela indica que de acuerdo con el artículo 241, numeral 7 de la Constitución Política de Colombia, se dispone que los decretos legislativos dictados con fundamento en estados de excepción deben ser remitidos de manera automática y oficiosa a la Corte Constitucional para que se ejerza un control integral de constitucionalidad y garantizando la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales. 

Vacancia judicial no es obstáculo

Este derrotero marcado por la Constitución, de acuerdo con el juez de tutela, no puede ser obviado, incluso cuando exista vacancia judicial y para los demandantes generar obligaciones sin control constitucional podría generar efectos irreversibles vulnerándose los derechos fundamentales y alterándose el orden constitucional.

El juez de tutela encargado de dar el fallo indicó que el argumento de los demandantes no sustituye el mandato constitucional que indica que la Corte se encarga de evaluar la legalidad del decreto

El fallo después de tutela también indica que no existen evidencias de afectaciones a los derechos fundamentales derivadas del decreto de emergencia económica, puesto que estas resultan ser apreciativas hipotéticas o conjeturales.

Corte tendrá la última palabra

Será la Corte Constitucional la que decida, después del periodo de vacancia judicial, si se deben expedir medidas que suspendan o mantengan los efectos del decreto de emergencia económica anunciado por el presidente Gustavo Petro luego de que fuese hundida la iniciativa para una segunda reforma tributaria. 

El presidente Gustavo Petro y el equipo económico de su gobierno aseguraron que, ante la negación de una reforma tributaria, un decreto de emergencia económica se hace necesario para poder cubrir los dineros faltantes que no fueron asignados en el presupuesto general de la nación y que son fundamentales para mantener vivos diferentes proyectos del gobierno nacional y poder cumplir con diferentes pactos durante el último tramo de su administración en 2026.