Consejo de Estado suspende el decreto de traslado de usuarios de EPS intervenidas a la Nueva EPS

Según el Consejo de Estado, el gobierno nacional no podrá trasladar millones de usuarios a la Nueva EPS por considerarse inconstitucional.
 

Por: Juan Carlos Garcia Sierra • Colombia.com
Jorge Iván Ospina, interventor de la Nueva EPS. Foto: Twitter @NuevaEPS_
Jorge Iván Ospina, interventor de la Nueva EPS. Foto: Twitter @NuevaEPS_

Según el Consejo de Estado, el gobierno nacional no podrá trasladar millones de usuarios a la Nueva EPS por considerarse inconstitucional.
 

Semanas después de que el gobierno anunciara el traslado de usuarios de algunas de las Entidades Prestadoras de Salud EPS intervenidas por el estado a la Nueva EPS, el Consejo de Estado suspendió el decreto que avalaba dicha intención.

Suspensión provisional

El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo en su sección Primera en Sala Unitaria, resolvió decretar la suspensión provisional de los efectos del decreto 0182 del 25 de febrero 2026 con el cual se le trasladaba a la Nueva EPS a un grueso número de usuarios adscritos o afiliados a entidades prestadoras de salud intervenidas por el gobierno nacional debido a presuntas irregularidades en su manejo. 

Esta determinación del alto tribunal se produce después de que este advirtiera sobre la situación financiera de la Nueva EPS que, recibiendo más usuarios, podría empeorar sus condiciones financieras. 

El Consejo de Estado considera que deben primar los derechos de los usuarios a la escogencia del prestador de los servicios de salud, asegurando que si se trasladan usuarios de forma repentina pueden verse seriamente afectados y, además, este hecho constituiría una violación a la Constitución Política Nacional. 

"El modelo normativo adoptado no satisface las exigencias del principio de proporcionalidad, en tanto las medidas adoptadas comportan una afectación relevante del derecho fundamental a la salud, en particular la libre escogencia y los principios de accesibilidad, disponibilidad, calidad y continuidad del servicio, reconocidos en el artículo 49 de la Constitución Política y desarrollados por la ley estatutaria 1751 de 2015”, reza la decisión de suspensión temporal por parte del Consejo de Estado.

Decisión en medio de crisis

Esta decisión se produce luego de que usuarios de la Nueva EPS, de manera frecuente, se han pronunciado sobre las diferentes afectaciones que sufren, en especial por la falta de citas médicas, medicamentos y también en la suspensión y tardanza en la ejecución de diferentes tratamientos, algunos de ellos prioritarios y de urgencia.

La representante a la Cámara por Bogotá, Katherine Miranda, fue la primera legisladora que demandó el acto expedido por el gobierno nacional y que hoy de manera temporal está suspendido.

Esta determinación se da a conocer en medio de una crisis del sistema de salud, el cual espera ser resuelto por el gobierno a través de una reforma que debe ser aprobada por la mayoría de los congresistas.