Histórico: Corte Constitucional reconoce por primera vez la discriminación por peso en Colombia
Por primera vez en Colombia, la discriminación por peso será intervenida, según fallo de la Corte Constitucional
Por primera vez en Colombia, la discriminación por peso será intervenida, según fallo de la Corte Constitucional
La discriminación en Colombia muestra su cara cuando niega derechos y participación a personas de diferente raza, género y condición social, pero la Corte Constitucional ha considerado el caso de una mujer discriminada por su peso corporal.
Acción de tutela
Una mujer con corporalidad diversa presentó una acción de tutela contra la Secretaría de Tránsito de la ciudad de Armenia, capital del departamento de Quindío, debido a que, de manera frecuente, atraviesa por problemas para acceder al sistema de transporte público, y esta acción fue respondida por la Corte Constitucional.
#JUDICIAL| La Corte Constitucional concluyó que fueron vulnerados los derechos de Rocío, una mujer que fue víctima de discriminación por razón de su peso luego de que un bus de servicio público en Armenia le negara el ingreso porque no podía pasar por los torniquetes de la puerta… pic.twitter.com/UWTupc25qJ
— ÚltimaHoraCaracol (@UltimaHoraCR) August 6, 2026
La acción de tutela interpuesta, alega que los vehículos de servicio público, en su mayoría, tienen instalado un torniquete en su parte delantera, pero debido a su condición física, no puede pasar por ellos, de manera que al solicitarle a los conductores que le permitan ingresar por la puerta trasera, que no tiene torniquete, estos se niegan.
Implementación de protocolos
A pesar de que las empresas operadoras del servicio público colectivo en la ciudad de Armenia manifestaron que sus vehículos se encuentran cumpliendo con todas las condiciones técnicas y contractuales, así como con diferentes normas de transporte, la Corte Constitucional determinó que no cuentan con protocolos que permitan a personas con corporalidad diversa acceder a ellos.
Teniendo esta situación demandada a través de una acción de tutela, la Corte Constitucional, a través de su sala octava de revisión, considera que se deben proteger los derechos a la igualdad, a la libre locomoción, a la dignidad humana y a prohibir la discriminación que la demandante se encuentra padeciendo.
Un aspecto muy importante en la decisión del alto tribunal es que se han asociado estereotipos negativos con las personas que tienen mayor peso corporal, y por tal razón es necesario adoptar la categoría "diversidad corporal en razón de peso” o “corporalidades diversas en razón del peso” para referirse a personas que tienen esta condición física.
"Al peso corporal se han asociado estereotipos negativos relacionados con lo que se estima saludable, bello y moral, dando lugar a situaciones de discriminación estructural que se encuentran arraigadas en nuestras sociedades", indicó la Corte Constitucional.
Sin rótulos ni estigmatización
La Corte considera que es importante que nuestra sociedad entienda las diferencias y erradique la discriminación, un trabajo que debe ser impulsado por las propias autoridades de gobierno de cada municipio del país, lo que hace necesario entender que no se debe rotular, ni referirse a las personas con corporalidades diversas en razón del peso como “obesos” o “gordos”, denominaciones que afectan a quienes las padecen por ser señaladas y estigmatizadas.
El acceso efectivo al servicio público de transporte recordó la Corte Constitucional, hace parte del derecho a la libre locomoción de todas las personas. Esto significa que la mujer demandante y cualquier persona en su condición, pueden acceder al transporte público y se deben generar mecanismos para que todos, sin importar su condición física, puedan transportarse libremente en el sistema de transporte de la ciudad.
La decisión es un llamado para la generación de políticas públicas que garanticen el acceso al transporte de personas con corporalidades diversas en razón de peso, y en el caso de las empresas prestadoras de servicio de transporte en Armenia, ordena la adopción de medidas para garantizar el ingreso de la mujer a sus vehículos y presentar ante ella disculpas privadas por los hechos que configuraron discriminación.