Por: María Andrea Suárez • Colombia.com

Buscan suspender a Margarita Cabello por decisión contra Daniel Quintero

De acuerdo con los demandantes, Margarita Cabello “no tiene la competencia para restringir los derechos políticos del alcalde". 

Margarita Cabello. Foto: Procuraduría General de la Nación
Margarita Cabello. Foto: Procuraduría General de la Nación

De acuerdo con los demandantes, Margarita Cabello “no tiene la competencia para restringir los derechos políticos del alcalde". 

Investigar y suspender provisionalmente a Margarita Cabello Blanco, procuradora general de la Nación, pidió el Instituto Anticorrupción, el Extituto de Política Abierta y la Fundación para la Paz y Reconciliación (Pares Colombia) a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia. 

La solicitud de estas organizaciones tiene que ver con la decisión de la entidad liderada por Cabello de suspender provisionalmente al alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, por presunta participación política. 

Según la queja disciplinaria radicada y publicada en los sitios web de los demandantes en un archivo titulado ‘Peinando a Cabello’, la Procuraduría General de la Nación “no tiene la competencia para restringir los derechos políticos del alcalde, pues esa competencia la tiene, exclusivamente, un juez de la República”.

Sus argumentos se basan en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que determina que los funcionarios elegidos popularmente solo pueden ser destituidos por un juez penal y con el artículo 2 que pide a los funcionarios “no excusarse en derecho interno para inaplicar un mandato convencional”.

Además, recordaron que esta misma situación ya había sucedido en 2013 cuando el hoy candidato presidencial Gustavo Petro era alcalde de Bogotá en 2013. De hecho, la Corte Interamericana de Derechos Humanos falló a favor del líder del Pacto Histórico por este caso en 2020.

Las entidades también anotaron que el nuevo Código General Disciplinario no es excusa para que la Procuraduría tome este tipo de decisiones, teniendo en cuenta que esta normativa ya está denunciada por desconocer la resolución a favor de Petro. 

“La reforma legal planteada por el Estado continúa permitiendo que un órgano distinto a un juez en proceso penal imponga restricciones a derechos políticos de funcionarios democráticamente electos, de manera incompatible con la literalidad del artículo 23.2 de la Convención Americana y con el objeto y fin de dicho instrumento”, dice la queja.

Sin embargo, este documento no solamente habla de la decisión de Cabello en contra de Quintero, sino que también se refiere al proyecto de ley que presentó para reformar el código disciplinario. En su concepto, esta iniciativa fue radicada en condiciones que no respetan “el trámite constitucional en materia de reformas a la administración de justicia”.

En ese sentido, señalan que la procuradora faltó a las disposiciones de la Corte IDH desde marzo de 2021 y que se atribuyó “facultades que en la actualidad usa en contra de funcionarios de elección popular, pretendiendo equiparar la actividad administrativa de la procuraduría relacionada con el control disciplinario, a la función judicial”.

Además, indican que la funcionaria suma las causales para una suspensión provisional pues estaba en ejercicio de su cargo público cuando habría cometido una falta gravísima y podría volverla a ejecutar si permanece en el cargo.