Por: María Andrea Suárez • Colombia.com

¿Cómo tramitar inasistencia al trabajo por COVID-19 si no tiene incapacidad expedida por EPS?

Empresarios y empleados se quejan de que las EPS están expidiendo el certificado de aislamiento de siete días, pero no incapacidad laboral.

Incapacidad laboral por COVID-19. Foto: Pixabay
Incapacidad laboral por COVID-19. Foto: Pixabay

Empresarios y empleados se quejan de que las EPS están expidiendo el certificado de aislamiento de siete días, pero no incapacidad laboral.

Muchas dudas han surgido ante los nuevos lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud para mitigar el avance de la variante ómicron de la COVID-19 en Colombia.

Empresarios y empleados se han quejado por la directriz que advierte que, ante cualquier síntoma referente al virus, sin importar su gravedad, los ciudadanos deben aislarse. En ese sentido, muchos de ellos señalaban que en las EPS les están brindando el certificado de aislamiento de siete días, pero no incapacidad laboral.

Dionne Cruz, presidenta de la Asociación Colombiana de Salud Pública, señaló que esas “personas tendrían que seguir asistiendo a sus trabajos, salvo que lleguen a algún acuerdo con el empleador. Nosotros lo vivimos en la pandemia, recibimos muchas quejas de empresarios y de comerciantes que le pedían al trabajador asistir, salvo que tuviera el resultado de la prueba”. 

Por lo tanto, quien decida aislarse ante síntomas leves o moderados, se espera que la colaboración de los empresarios para proteger a todo el personal de potenciales contagios en los espacios de trabajo. 

No obstante, en caso de que esto no sea aceptado, el trabajador deberá buscar atención médica y bajo criterio profesional, definir si expide o no la incapacidad.

Ante esta problemática, el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, aseguró que en las próximas horas se expedirá una nueva resolución para hacerles ajustes a las incapacidades laborales causadas por la COVID-19.

“Cualquier trabajador que resulte contagiado, con la certificación médica genera la incapacidad. Por lo tanto, tendrá aislamiento obligatorio con incapacidad”, señaló el funcionario, quien además señaló que las incapacidades serán pagadas por el sistema de salud.

En dicho decreto, el Gobierno deberá especificar si la prueba COVID será un requisito para expedir la incapacidad, teniendo en cuenta que el Ministerio de Salud había definido que estos test se les practicarán de forma prioritaria a las poblaciones vulnerables, por lo cual, según estos lineamientos, las personas con síntomas leves no tendrían que someterse a este procedimiento.

Cruz aseguró que sin pruebas no hay evidencia real para solicitar incapacidades médicas, salvo que el profesional así lo considere teniendo en cuenta los síntomas que el paciente manifieste durante las consultas. 

“Nosotros sabemos el problema serio que tiene el sistema de salud colombiano: que a la gente no le dan las citas de un día para otro, que las urgencias en muchas ciudades del país están colapsadas o que tienen una demanda bastante alta”, concluyó la funcionaria.