Por: Alexandra Mendez • Colombia.com

Mascotas y animales de compañía pueden ser embargados, según la Corte Suprema de Justicia

De acuerdo con la legislación colombiana, las mascotas y los animales de compañía pueden ser embargados por las autoridades.

Las mascotas pueden ser embargadas según la Corte Suprema de Justicia. Foto: Shutterstock
Las mascotas pueden ser embargadas según la Corte Suprema de Justicia. Foto: Shutterstock

De acuerdo con la legislación colombiana, las mascotas y los animales de compañía pueden ser embargados por las autoridades.

En fechas recientes, la Corte Suprema de Justicia ratificó que el embargo de mascotas y animales de compañía es posible, al permitir el procedimiento en dos perros como medida cautelar en medio de un divorcio civil. 

La entidad reafirmó que las autoridades sí tienen la potestad de “embargar animales” luego de que decretara el “embargo y secuestro” de Romeo, un canino de raza american bully de cinco años y Salvador, un canino criollo de seis años, dos perros considerados por su dueña como mascotas de compañía.

Al respecto, la dueña de los animales interpuso una tutela ante la Corte Suprema, argumentando que los animales no son bienes muebles sino seres sintientes. La mujer alegó además, que su hijo había desarrollado un “lazo de fraternidad” con las mascotas y la separación los afectaba considerablemente. “Sacarlos de nuestro hogar causaría un impacto negativo sobre la salud emocional y afectiva de mi hijo”, expresó la madre en la Notaría. 

Pese a que la dueña de las mascotas reclamó "la protección de sus garantías esenciales de unidad familiar, libre desarrollo de la personalidad y salud", el alto tribunal le negó la tutela y ratificó la potestad de la justicia de embargar animales. 

La Sala de Casación Civil de la Corte definió el embargo resaltando que “al momento de decretar las medidas cautelares en el asunto de la referencia, el titular del despacho evaluó a conciencia cada uno de los puntos esbozados por la demandante, sin desconocer derechos fundamentales a ninguna de las partes”.

De acuerdo con un salvamento de voto del magistrado Aroldo Wilson Quiroz, la decisión no tuvo en cuenta el concepto de familia multi-especié, dejando de lado la ley 1774, que declara a los animales como seres sintientes.

Quiroz manifestó que “no podemos ignorar lo que está sucediendo” y añadió que la sociedad “cada día está más despersonalizada y virtualizada, la interacción física ha disminuido, la tasa de natalidad ha decrecido y aumenta la flexibilidad en las relaciones sentimentales”. 

El funcionario considera que los animales “llegan a ocupar un rol que antes tenían los seres humanos, convirtiéndolos en receptores de afecto y cuidado”, por lo que deben ser tratados como seres vivos y no como objetos muebles. 

Según el magistrado, en casos de divorcio, la justicia debería establecer, al igual que con los hijos, quién debe correr con los gastos de manutención y a qué persona se le entrega la custodia, así como también el derecho a las visitas.