La razón legal por la que no pueden multarlo aunque tenga el SOAT o la técnico-mecánica vencidos
Conductores deberán ser responsables de tener el día el SOAT y la técno-mecánica de sus vehículos y motos para evitar multas.
Conductores deberán ser responsables de tener el día el SOAT y la técno-mecánica de sus vehículos y motos para evitar multas.
Los conductores colombianos deben ser responsables de pagar el SOAT y la técno-mecánica a sus vehículos, pues es un requisito de seguridad que en muchas ocasiones, al estar vencidos, reciben multas por parte de los agentes de tránsito.
Recientemente, se han difundido cambios en la manera en como se debe llevar a cabo un proceso de inmovilización de vehículos o comparendos por tener vencidos estos dos documentos fundamentales. Anteriormente, muchos conductores se veían conflictuados con esta situación, pues incluso por no tener al día el SOAT o la técno-mecánica con solo horas de vencimiento; también se aplicaban comparendos, pero la situación cambia.
Condiciones para evitar sanciones por SOAT o técno-mecánica
Desde el Consejo de Estado se ha dado a conocer que hay algunas condiciones para evitar sanciones en caso de no tener estos documentos al día. Las únicas condiciones son:
- Que el carro o moto esté guardado en un garaje.
- Que el vehículo esté en un parqueadero privado.
- Esté en un taller.
- Esté en una zona permitida de parqueo.
- Estar parqueado en un inmueble particular.
En caso de que el carro o la moto esté circulando por una vía pública, el conductor será sancionado si no cuenta con el SOAT o técno-mecánica al día; además, otra decisión fue que al tener existencia de un registro administrativo no demuestra que haya una infracción de tránsito actual.
Ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito
Bajo esta ley se rige la más reciente decisión del Consejo de Estado. El alto tribunal aclaró que la sanción a los conductores no puede imponerse automáticamente solo porque en el RUNT aparezca el SOAT vencido, pero solo siempre y cuando el vehículo no esté circulando en vía pública.
En caso de que el conductor sea sorprendido conduciendo con el SOAT o la técno-mecánica vencida, la sanción seguirá aplicándose bajo el artículo 131 del Código de Tránsito, e incluso podría enfrentarse a la inmovilización del vehículo.
Desde el Consejo de Estado se frenaron las llamadas "multas automáticas" que estén basadas en los cruces de bases de datos, sin un aprueba de circulación.
¿Qué eran las multas automáticas?
Esta medida era un comparendo impuesto por algunas autoridades de tránsito, quienes cruzaban información entre bases de datos como el RUNT, donde se almacena información de los conductores del país y sus vehículos, pero en el momento real no se comprobaba si el vehículo estaba o no circulando, solo por tener un registro; automáticamente se creaban multas.