Al ingreso a Colombia, el pasajero puede ingresar dos tipos de equipaje: equipaje acompañado y equipaje no acompañado
Se trata del equipaje que ingresa el viajero al momento de su entrada al país. Este puede estar constituido por sus efectos personales y/o artículos permitidos.
Ingreso de dinero y mercancías
Además de sus efectos personales, cada viajero tiene derecho a introducir a Colombia dinero y mercancías libre de impuestos y pagando impuestos, bajo las siguientes condiciones:
- US$ 10.000 o su equivalente en cualquier moneda. Si la cantidad portada supera esta cifra, es necesario declarar dicho ingreso ante las autoridades aduaneras correspondientes. - Artículos de uso familiar y personal en cantidades no comerciales hasta por US$ 1.500, estos artículos están libres de impuestos y deben ingresar como equipaje acompañado. - Artículos de uso doméstico, deportivos o propios del arte, profesión u oficio del viajero, en cantidad máxima de 3 de cada tipo, hasta por US$ 2.500. Estos bienes deben pagar un tributo - de 15% y el viajero debe cumplir con una permanencia en el exterior mínima de 5 días. Esto puede ingresar como equipaje acompañado o no acompañado. - El ingreso de bienes patrimonio de otros países (bienes culturales, históricos, artísticos o ecológicos entre otros) debe ser reportado a las autoridades aduaneras.
Ingreso de mercancía por parte de los menores de edad
Los menores de edad sólo pueden introducir mercancías hasta por un valor equivalente al 50% de los cupos aquí señalados.
Artículos o bienes que no pueden ingresar bajo esta modalidad:
- Vehículos y material de vías férreas o automóviles. - Aeronaves o aerodinos, globos, dirigibles y planeadores. - Barcos o cualquier artefacto flotante y/o sus partes. - Armas, municiones y explosivos. - Material de transporte, como llantas y repuestos para carro o maquinaria. - Excepción: bicicletas, sillas de ruedas y coches para niños.
Ejemplo: Si el viajero ha permanecido afuera más de cinco días, el cupo es de hasta de US$ 4.000. Aquí se incluyen los artículos de uso doméstico, deportivos y los que son propios del arte u oficio del viajero. Puede ingresar hasta 3 unidades de cada uno, que no excedan el cupo de US$ 4.000, de los cuales US$ 1.500 están libres de impuestos. Los US$ 2.500 restantes pagarán el 15% de impuestos (una sola vez al año). Por lo anterior, es importante llevar siempre la factura de los artículos adquiridos para verificar su valor.
Declaración de equipaje y pago de impuesto
El plazo para la llegada del menaje al territorio aduanero nacional es de un mes antes o cuatro meses después de la fecha de arribo de su propietario. Para el pago del impuesto, se debe ir al "Circuito de Declarantes" para la revisión del equipaje y adjuntar:
- Las facturas de las mercancías. - Pasaporte. - Talón del tiquete
Se puede cancelar el impuesto en dinero nacional o de libre convertibilidad. En caso de no presentar a la aduana las mercancías que deben pagar impuesto, éstas serán decomisadas.