Corte Constitucional ordena atención médica a venezolanos en el país

El alto tribunal exhortó al gobierno a que tome medidas que permita mejorar acceso a servicios de salud colombianos de la población migrante.

Miles de venezolanos ven ingresar a Colombia en el puesto de control de inmigración en el puente Simón Bolívar en Cúcuta. Foto: AFP
Miles de venezolanos ven ingresar a Colombia en el puesto de control de inmigración en el puente Simón Bolívar en Cúcuta. Foto: AFP

El alto tribunal exhortó al gobierno a que tome medidas que permita mejorar acceso a servicios de salud colombianos de la población migrante.

La Corte Constitucional ordenó al Gobierno Nacional brindar atención en salud a los venezolanos que están en el país debido a la crisis que aqueja a esa nación caribeña, informó este martes el Alto Tribunal.

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De esta manera lo dijo el supremo en un comunicado después de revisar una tutela interpuesta por una mujer venezolana de 34 años y la mamá de un niño de dos años.

La corte explicó al evaluar los dos casos: "La atención integral en salud de toda la población venezolana migrante necesita ser progresiva, ya que requiere de esfuerzos complejos por parte del Estado y de la disponibilidad de recursos suficientes que no pongan en un mayor riesgo al sistema".

Uno de ellos es el de Natty Yeraldín Sanguino, que dejó cinco hijos menores de edad en Venezuela, a quien le fue diagnosticada en el hospital universitario Erasmo Meoz de Cúcuta, cáncer de cuello uterino.

En la capital del Norte de Santander inició tratamientos con radioterapia, pero no le realizaron quimioterapia, para la cual interpuso una acción de tutela.

En el caso del menor de edad, fue su mamá la que interpuso la tutela, alegando que viajó a Colombia con su hijo que padece de una hernia escrotal desde su nacimiento.

En el recurso de amparo la mujer explicó que el niño no pudo ser operado en Venezuela porque allí no hay anestesia.

Para la Corte "en algunos casos excepcionales, la atención de urgencias puede llegar a incluir el tratamiento de enfermedades catastróficas como el cáncer, cuando los mismos sean solicitados por el médico tratante como urgentes".

En su fallo, el tribunal además ordenó al Instituto Nacional de Salud en Norte de Santander autorizar el tratamiento contra el cáncer de la mujer y autorizar la cirugía del menor de edad.

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Añadió que "la responsabilidad del Instituto Nacional de Salud de Norte de Santander se extiende hasta el momento en que los accionantes cuenten con afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud". 

EFE – Colombia.com

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