Cuota alimentaria a padres: La ley establece que es obligatorio para hijos con padres mayores de 60 años en Colombia
Es obligación para los hijos cuidar de sus padres en la vejez y están obligados a responder por ellos económicamente.

Es obligación para los hijos cuidar de sus padres en la vejez y están obligados a responder por ellos económicamente.
Llega un momento de la vida en donde los hijos tienen que reconocerle a sus padres todo el trabajo y esfuerzo que ellos hicieron durante su vida, es por eso que los adultos mayores en Colombia pueden pedir cuota alimentaria a sus hijos cuando no puedan hacerse cargo de ellos mismos económicamente.
Esto, según la ley, es una obligación y los hijos están deben entregar una manutención quincenal o mensual, según se acuerde entre ambas partes, para que respondan por sus progenitores cuando estos no tengan ni los modos ni el dinero para sustentar sus necesidades.
Los adultos mayores tienen derecho a alimentos y demás medios para su mantenimiento físico, psicológico, espiritual, moral, cultural y social. Justificación por la cual pueden ser beneficiados con esta cuota alimentaria que será proporcionada según lo indique la ley.
Según los artículos 411 y 251 del Código Civil de Colombia, y la ley 1850 de 2017 y 1251 de 2008. La obligación de los hijos es cuidar a sus padres en la vejez, estado de demencia y en todas aquellas circunstancias en las que ellos necesiten de sus auxilios.
“Este tipo de cuota alimentaria se debe regular analizando requisitos como la necesidad, es decir, lo imprescindible para la nutrición, habitación, vestuario, afiliación al sistema general de seguridad social en salud, recreación y cultura, participación y, en general, todo lo que es necesario para el soporte emocional y la vida autónoma y digna de las personas adultas mayores, y la capacidad del hijo o quien está obligado a dar alimentos”, comenta el abogado de familia, Jimmy Jiménez, del bufete Integrity Legal.
Es importante mencionar que hay algunos casos de excepción, por ejemplo, si el padre nunca respondió por su hijo, y en su momento se realizó en su contra una denuncia por inasistencia alimentaria, se puede intentar una exoneración. Además, si al padre se le reconoce pensión, recibe un bien o sucede algún cambio que haga cesar la necesidad, se podrá pedir exoneración de cuota.
Pero abandonar a los padres en situación de vejez y no cumplir con este tipo de obligación, puede tener consecuencias legales. Según la Ley 1850 de 2017, abandonar a una persona mayor puede llevar a una pena de prisión de 4 a 8 años y una multa de 1 a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.