¿Epa Colombia a la casa por cárcel? La pelea legal que podría cambiar su condena
La influencer sigue dando la batalla en los tribunales para no pasar más tiempo en El Buen Pastor. Su defensa alega que la justicia no tuvo en cuenta su rol como madre cabeza de hogar.

La influencer sigue dando la batalla en los tribunales para no pasar más tiempo en El Buen Pastor. Su defensa alega que la justicia no tuvo en cuenta su rol como madre cabeza de hogar.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recibió un recurso de impugnación que busca revisar la tutela interpuesta contra la influencer Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia. El trámite judicial pretende suspender los efectos de la condena emitida a finales de enero de 2025, en la que se le impuso una pena de cinco años y dos meses de prisión domiciliaria.
La defensa alega que no se consideró adecuadamente su condición de madre cabeza de familia, lo cual es esencial para proteger sus derechos y los de su bebé, de apenas nueve meses.
Según información de Semana, el recurso solicita que se modifique el fallo para permitir que la condena se cumpla bajo condiciones que no vulneren los derechos fundamentales de la creadora de contenido y su hija.
Francisco Bernate Ochoa, abogado penalista encargado del caso, ha pedido a los seguidores de Epa Colombia abstenerse de interponer más acciones legales, advirtiendo que la acumulación de recursos podría derivar en un “tutelatón” que complique el análisis en la Sala Laboral.
Mientras tanto, la activista Karol Samantha Barbosa ha iniciado una campaña de recolección de firmas para conseguir la liberación de la influencer de la cárcel del Buen Pastor, denunciando lo que consideran una injusticia.
Por su parte, la propia Daneidy explicó que optó por cambiar de abogado tras sentir traición por parte de su anterior representante, Omar Ocampo, al no cumplirse un preacuerdo que pretendía excluir el cargo de instigación al terrorismo de su contra.
El fallo ha desatado un intenso debate, agravado por el voto de salvamento parcial de la magistrada Myriam Ávila Roldán, quien criticó la inclusión del delito de instigación al terrorismo en la condena.
Ávila Roldán señaló que transformar actos de vandalismo en delitos terroristas distorsiona la verdadera naturaleza del crimen contra la seguridad pública, pues si bien el contenido difundido por la influencer puede incitar a manifestaciones, no alcanza a generar pánico o terror masivo.
La magistrada, sin embargo, coincidió en la tipificación de otros cargos, como daño a bienes ajenos y perturbación en servicios de transporte. Este caso sigue generando controversia sobre la proporcionalidad de la pena y la protección de derechos fundamentales en el contexto judicial.