Por: Alexandra Mendez • Colombia.com

Integrantes de la 'primera línea' podrían no ser liberados, según jueces y fiscales

Al parecer, la propuesta presidencial se podría estrellar con una barrera legal muy contundente.

Jóvenes de la primera línea. Foto: AFP
Jóvenes de la primera línea. Foto: AFP

Al parecer, la propuesta presidencial se podría estrellar con una barrera legal muy contundente.

En fechas recientes, el presidente Gustavo Petro anunció la liberación de centenares de integrantes de la primera línea que fueron privados de su libertad en las protestas del Paro Nacional ocurrido el año pasado.

El derecho a la protesta es un derecho democrático. El derecho a expresarse, a movilizarse, es un derecho democrático. Los gobiernos que ordenan a su policía a matar, encarcelar, torturar y detener jóvenes no son gobiernos democráticos. Y este es el gobierno del cambio”, manifestó el mandatario en un encuentro de Juntas de Acción Comunal en Pasto.

El presidente aseguró que cumplirá su promesa de campaña de dejar en libertad a algunos de los jóvenes que fueron detenidos en las protestas por supuestos delitos como tortura, concierto para delinquir, lesiones personales y terrorismo, y los convertirá en gestores de paz.

“Aquí anuncio que centenares de jóvenes detenidos por participar en protestas serán declarados gestores de paz antes de Nochebuena”, fueron sus palabras, mismas que han causado un gran debate entre diversas figuras.

De acuerdo con lo expresado por la procuradora Margarita Cabello, el fiscal general Francisco Barbosa y el defensor del pueblo Carlos Camargo, en entrevista para la revista Semana, la propuesta presidencial se podría estrellar con una barrera legal muy contundente.

Según los tres funcionarios, el presidente Gustavo Petro no podría cumplir con la liberación de estos procesados porque no tienen las condiciones requeridas por la ley para declararlos gestores de paz, pues no hacen parte de un grupo organizado al margen de la ley y tampoco están inmiscuidos en un proceso de paz con el Gobierno.

Al respecto, el fiscal Barbosa indicó que el ser nombrados gestores de paz no implica la absolución de la cárcel y que la Rama Ejecutiva no puede intervenir en este tipo de decisiones, pues la entidad competente es la Rama Judicial.

“Cualquiera puede ser designado gestor de paz, incluso estando privado de la libertad. Pero esa gestión de paz no necesariamente implica salir de la cárcel. Frente a esto debe existir una relación con organizaciones criminales que estén en procesos de paz. El Ejecutivo no puede incidir en decisiones tomadas por la Rama Judicial frente a delitos comunes, como los que se cometieron en el marco de las violentas protestas”, explicó.

El fiscal general añadió además que: “Hasta tanto se siga aplicando la legislación establecida en el Código de Procedimiento Penal, que determina que para revocar una medida de aseguramiento privativa de la libertad deben desaparecer los fines que dieron lugar a la misma, esto es peligroso para la comunidad, peligroso para la víctima y un riesgo de obstrucción a la justicia”.

A su vez, la procuradora Cabello sostuvo que solo a los jueces les corresponde decidir sobre la privación de la libertad de una persona y la libertad de los detenidos, sea cual sea el delito. “La reserva judicial supone una competencia inderogable en una democracia constitucional con división de poderes y ello impide que se diluyan las competencias”, destacó.

En ese sentido, el gobierno no tendía ni la competencia ni la potestad para llevar a cabo la liberación de procesados, pues según lo consagrado en la ley estos procesos legales se hacen con el fin de “asegurar derechos y garantías”.