Por: Paula Castro • Colombia.com

Reforma laboral: estos son los puntos que ya se aprobaron y lo que sigue en discusión

Los Representantes de la Cámara retomarán el segundo debate para definir el futuro de 46 puntos de la reforma que siguen en discusión.

Reforma laboral, estos son los avances y pendientes. Foto: Shutterstock
Reforma laboral, estos son los avances y pendientes. Foto: Shutterstock

Los Representantes de la Cámara retomarán el segundo debate para definir el futuro de 46 puntos de la reforma que siguen en discusión.

La Plenaria de la Cámara de Representantes ha avanzado con la aprobación de varios artículos de la reforma laboral, al momento han aprobado 42,5% del texto presentado, pero siguen en debate otros puntos sensibles, que según los empresarios, tendría grandes impactos en la competitividad y empleabilidad.

Contratos a término fijo:

Los contratos a término fijo deberán ser máximo de cuatro años, de lo contrario se entenderá que hay otro tipo de relación laboral y se convierte en un contrato a término indefinido. Estos contratos no podrán tener prórrogas indefinidas y tras la tercer prolongación el término de ese contrato no podrá ser inferior a un año y si ninguna de las partes expresa su intención de terminar el contrato, 30 días antes que este finalice. En ese caso se renovará automáticamente por el mismo periodo inicialmente pactado, sin exceder los cuatro años.

Contratos por obra o labor:

Sobre los contratos por obra o labor, se mantiene el objeto de este acuerdo, pero deben celebrarse por escrito, detallando específicamente la actividad que se realizará y si se extiende la labor se entenderá que el contrato se convierte en uno a término indefinido, a menos que se pacte de una nueva labor.
Tanto para los contratos a término fijo, como para los de obra o labor, los trabajadores tienen derecho a recibir sus prestaciones sociales, y vacaciones con la proporción al tiempo trabajado.

Horarios nocturnos:

El artículo 13 estipula que el trabajo diurno será el periodo comprendido entre las 6:00 a.m y las 7:00 p.m, y la jornada nocturna arrancará desde las 7:00 p.m y va hasta las 6:00 a.m. Eso tiene una implicación para los trabajadores en materia salarial, pues por cada hora trabajada, el empleador deberá pagar 35% más del sueldo. Actualmente el recargo nocturno aplica después de las 9:00 p.m. Ese artículo comenzará a regir seis meses después de que se apruebe la reforma.

Repartidores de apps digitales:

Para los repartidores o domiciliarios que laboran en las aplicaciones digitales, y que estas plataformas les reconozcan sus derechos laborales. Otro punto que plantea la norma está relacionado con la seguridad social de los trabajadores. En caso de que la vinculación sea dependiente, la misma empresa deberá ofrecer estas condiciones de salud y pensión al mismo nivel de los aportes actuales. En caso de que la relación sea independiente, la plataforma deberá aportar 60% de la cotización, mientras 40% restante será por parte del trabajador.

Teletrabajo y conectividad:

El artículo 56 aprobó las modalidades de teletrabajo en las que se incluyen el modelo de teletrabajo autónomo, móvil, híbrido y transnacional. En el teletrabajo autónomo el empleado escoge su lugar para trabajar, en el teletrabajo móvil es cuando el empleado no tiene un lugar de trabajo fijo. El híbrido es cuando se combina el trabajo presencial y virtual. 

El teletrabajo transnacional es cuando el empleado desarrolla sus actividades en otro país y allí el trabajador debe regular su situación migratoria y el empleador tiene la obligación de proporcionar un seguro que cubra las prestaciones.

Ajustes a periodistas:

La jornada de trabajo de los periodistas, comunicadores sociales, personal de producción, audiovisual, radial y prensa escrita, comprenderá todo el tiempo que estén bajo las órdenes del empleador a efectos de ensayo, preparación o grabación. Además, su duración no podrá exceder la jornada máxima establecida y deberán remunerarse los recargos que correspondan. En caso de trabajar el domingo deberán tener un día compensatorio entre semana.

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