Por: María Andrea Suárez • Colombia.com

Fallo del Tribunal Administrativo de Medellín revive revocatoria en contra de Daniel Quintero

El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil revalidar las firmas recogidas por el comité promotor de la revocatoria contra Daniel Quintero. 

Reviven revocatoria contra Daniel Quintero en Medellín. Foto: Twitter @quinterocalle
Reviven revocatoria contra Daniel Quintero en Medellín. Foto: Twitter @quinterocalle

El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil revalidar las firmas recogidas por el comité promotor de la revocatoria contra Daniel Quintero. 

La revocatoria en contra del alcalde de Medellín, Daniel Quintero, revive. El magistrado Daniel Montero Betancur, de la Sala Quinta del Tribunal Administrativo de Antioquia, le ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil revalidar las firmas recogidas por el comité promotor. 

El proceso que podría sacar al mandatario se reactivará pese a que el Consejo Nacional Electoral no ha precluido el caso en contra de la colectividad que busca la salida de Daniel Quintero de la administración de la capital antioqueña. 

El Tribunal Administrativo de Antioquia consideró que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no tiene la facultad para revisar los libros contables del comité de revocatoria, pese a que la entidad ha enfatizado en su potestad para cumplir con esta labor. 

“El Consejo Nacional Electoral carece de la facultad de verificar los libros y estados contables en el trámite de revocatoria del mandato con miras a expedir la certificación a la que hace alusión el artículo 15 de la ley 1757 de 2015 (...)”, señala el fallo. 

A su vez, el despacho de Montero aclaró que, con esta decisión, “no se está debatiendo la legalidad de la actuación administrativa adelantada por el Consejo Nacional Electoral o por la Registraduría Nacional del Estado Civil, sino que se persigue el cumplimiento de unos preceptos legales que regulan la iniciativa popular de revocatoria del mandato”. 

“La Sala solo ordenará que se cumplan los preceptos que, hasta al momento, han sido desconocidos por parte de la demandada y que contienen unos mandatos imperativos claros e inobjetables que debe cumplir la Registraduría Nacional de Estado Civil, por conducto del registrador o registradores especiales de Medellín”, indica la determinación judicial. 

A su vez, en el documento, el alto tribunal reseña que el proceso de revocatoria en contra de Quintero está en la tercera etapa, pues ya se entregaron las firmas y se presentaron los estados contables del comité, pero la entidad electoral no ha acreditado el proceso. 

De igual manera, el magistrado Montero indica que la Registraduría Nacional del Estado Civil no ha cumplido con sus obligaciones estatutarias y por tal razón, le ordena entregar la certificación de las firmas que brindó el comité revocatorio en un plazo máximo de una semana. 

¿Qué sigue?

Al ser un fallo en primera instancia, la Registraduría deberá determinar si apela o no la decisión judicial. En caso de que así sea, esto podría dilatar los plazos y en el cual, automáticamente, el caso escalaría hasta el Consejo de Estado, tribunal que tendrá la última palabra. 

Sin embargo, si no impugna esta orden, en un plazo no mayor a dos meses, la ciudad de Medellín irá a las urnas para determinar si Daniel Quintero continúa o no al frente de la administración municipal.