Por: Luisa Soriano • Colombia.com

El CNE no revocó la candidatura de Daniel Oviedo y sigue firme por la Alcaldía de Bogotá

La candidatura de Oviedo estaba en peligro por haber suscrito un contrato de arrendamiento con el Fondo Nacional de Garantías.

La sala plena del tribunal  tomó la determinación por un contrato que firmó con una entidad. Foto: Redes Sociales
La sala plena del tribunal tomó la determinación por un contrato que firmó con una entidad. Foto: Redes Sociales

La candidatura de Oviedo estaba en peligro por haber suscrito un contrato de arrendamiento con el Fondo Nacional de Garantías.

Luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) por medio de audiencia pública tuviera en cuenta las solicitudes de revocatoria de inscripción de candidatos a las elecciones territoriales del 29 de octubre, entre las que estaba la posible inhabilidad de Juan Daniel Oviedo, aspirante a la Alcaldía de Bogotá, las magistradas Fabiola Márquez, presidenta CNE, y Alba Lucía Velásquez, quien tenía la ponencia, hicieron salvamento de voto y el expediente pasó a manos de Maritza Martínez, donde se decidió no revocar su candidatura.

Con seis votos a favor de Oviedo y dos en contra, el candidato a la Alcaldía de Bogotá podrá continuar en campaña y ser una de las opciones que tendrán los bogotanos el 29 de octubre para ocupar el cargo de Claudia López.

El tribunal electoral encontró que Oviedo no estaba inhabilitado para las elecciones de octubre, tumbando la ponencia de la magistrada Fabiola Márquez, que aseguraba que el exdirector del DANE estaba impedido para inscribirse debido a que en julio firmó un contrato de arrendamiento con el Fondo Nacional de Garantías (FNG).

La demanda se fundamentaba en que el ordenamiento colombiano establece que ningún aspirante puede celebrar contratos con el Estado en el año inmediatamente anterior a su candidatura. De acuerdo con la ley 136 de 1994, en su artículo 95, está inhabilitado para aspirar a cargos de elección como alcaldías “quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio”.

Sin embargo, en la sala plena del CNE se venció dicha determinación, por lo que el tribunal no encontró los argumentos suficientes para revocar la candidatura de Oviedo, la cual hasta último momento peligró, pues hubo un rechazo de pruebas por parte del tribunal electoral que complicaba aún más el futuro de la candidatura.

Y es que el tribunal rechazó dichas pruebas al considerarlas poco útiles, además de las argumentaciones que no eran válidas por cuenta de que ninguna “exime al candidato de respetar el régimen de inhabilidades para ser alcalde”. 

En este mismo sentido se señaló que “el desconocimiento legal que sobre el particular tuviera el candidato no le exonera de las consecuencias jurídicas que consagra la norma”.

Sin embargo, a pesar de todo esto, la sala plena salvó la candidatura de Juan Daniel Oviedo y debido a que se rechazó la ponencia que revocaba la aspiración, ahora se debe esperar a que haya una nueva ponencia en la que queden consignados los argumentos que salvaron la postulación. La magistrada Maritza Martínez será la encargada de llevar a cabo este procedimiento, por lo que aún no se da por concluido su proceso.

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