Por: Karen Benavides • Colombia.com

Avianca tendrá que indemnizar a una mujer por cambiar su vuelo a última hora

Por cambiar las condiciones de su vuelo a última hora, Yesica Lizeth Casanova demandó a la aerolínea Avianca, y ahora será indemnizada tras ganar el pleito judicial.

La indemnización a una mujer tras ganar pleito contra reconocida aerolínea. Foto: Shutterstock
La indemnización a una mujer tras ganar pleito contra reconocida aerolínea. Foto: Shutterstock

Por cambiar las condiciones de su vuelo a última hora, Yesica Lizeth Casanova demandó a la aerolínea Avianca, y ahora será indemnizada tras ganar el pleito judicial.

El 15 de enero del 2020, la ciudadana Yesica Lizeth Casanova recibió un gran disgusto con respecto a los servicios de la aerolínea Avianca en Cali, pues a pesar de que había adquirido los servicios de clase ejecutiva en un avión B787 con destino a Madrid, España, con todos los beneficios y comodidades que ello implica, se le informó a última hora que no podría viajar en dicha aeronave y se vio obligada a embarcar en un avión de “servicios generales”, el A300.

Es por esto que tomó la decisión de realizar la respectiva denuncia contra Avianca ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), argumentando que ella había comprado ese tiquete solo por “la agradable experiencia que Avianca ofreció a través de la página web y por el video que muestra en su portal de YouTube, sobre el Boeing 787 clase ejecutiva.

Al respecto, el pasado 14 de abril, la delegada para Asuntos Jurisprudenciales falló en única instancia a favor de la usuaria, protegiendo sus derechos como consumidora y obligando a la aerolínea a pagarle una indemnización de casi 6 millones de pesos (5’973.000 pesos exactamente) por no haber sido clara a la hora de informarle los cambios al cliente y no haberlo hecho con anticipación. Por su parte, el pasado 19 de mayo, el Tribunal Superior de Bogotá también dio la razón a la mujer.

“Existió un incumplimiento del deber de información por parte de la compañía demandada y de la información brindada en las diferentes etapas; por ende, al notar la consumidora que ya no iba a viajar en las condiciones (pactadas)… no le fue posible conseguir la reacomodación ofrecida por falta de disponibilidad”, explicó la SIC.

Ante la respuesta de estos entes de control, la compañía decidió hacer uso de sus derechos a la “defensa” y al debido proceso, e interpuso una acción de tutela contra la SIC, asegurando que los cambios se dieron por “circunstancias ajenas a su voluntad… por el programa de mantenimiento preventivo a nivel global”.

No obstante, tras el estudio de la tutela, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia comprendió que se trató de un tema de mantenimiento, pero nuevamente defendió a la mujer pues dichos cambios fueron anunciados el mismo día de su vuelo y no con anticipación como lo estipula el reglamento aeronáutico de Colombia (a más tardar con 24 horas de antelación al despegue); además consideró que la sanción no había sido arbitraria y que estuvo sometida en todo momento al ordenamiento jurídico.