¡Que no lo coja la noche! Vence el límite para elegir fondo privado de pensiones
Por reforma pensional quedan pocos días para hacer trámite que definirá su pensión.
Por reforma pensional quedan pocos días para hacer trámite que definirá su pensión.
El Gobierno Petro consiguió la aprobación de la Ley Pensional de 2024 “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”, y que entrará en vigencia el 1 de julio del 2025.
La reforma pensional sancionada por el presidente Gustavo Petro cambia el panorama para los cotizantes, pues obliga a los trabajadores colombianos con ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos a elegir un fondo privado para administrar el excedente de sus aportes, si actualmente están afiliados a Colpensiones.
De acuerdo a lo establecido por la nueva ley, los trabajadores cotizarán hasta 2,3 salarios mínimos (equivalentes a $3.274.050 en 2025) en Colpensiones, mientras que el monto adicional será gestionado por un fondo privado, el cual debe escoger el empleado.
Cabe destacar que hasta este 16 de enero los empleados podrán elegir qué fondo privado administrará su pensión. Para tomar la decisión e informarse puede contactar directamente al fondo en el que esté interesado.
¿Qué debo saber sobre la nueva reforma pensional?
Estos son los cuatro pilares que propone:
- Pilar Contributivo: Basado en las contribuciones regulares de trabajadores y empleadores.
- Pilar Complementario de Ahorro Voluntario: Dirigido a aquellos que desean aumentar su pensión con ahorros adicionales.
- Pilar Semicontributivo: Para quienes han realizado aportes intermitentes durante su vida laboral.
- Pilar Solidario: Incluye bonos pensionales de la renta solidaria, destinados a proteger a más de 2,5 millones de personas en situación de pobreza que no pueden acceder a una pensión.
Estos son los requisitos para la oportunidad de traslado entre regímenes:
- Un mínimo de 750 semanas cotizadas, para el caso las mujeres, y como mínimo 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres.
- Tener menos de 10 años para tener la edad de pensión.
- No tener reconocida la pensión o no haber recibido la devolución de saldos o indemnización sustitutiva.
- Haber recibido la doble asesoría.
Las y los afiliados al Sistema General de Pensiones tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2025 para cumplir con los requisitos. Después de esa fecha, no será posible hacer el traslado, según el decreto.