Por: Alexandra Mendez • Colombia.com

Le prohíben la entrada a El Nogal a Daniel Mendoza, creador de Matarife

La Corte Constitucional dejó en firme la decisión de ordenar la expulsión de Daniel Mendoza del Club El Nogal.

Daniel Mendoza en la serie Matarife. Foto: Youtube Matarife Oficial
Daniel Mendoza en la serie Matarife. Foto: Youtube Matarife Oficial

La Corte Constitucional dejó en firme la decisión de ordenar la expulsión de Daniel Mendoza del Club El Nogal.

En la tarde de este viernes, la Corte Constitucional ratificó la decisión de la Junta Directiva del Club El Nogal de ordenar la expulsión del abogado y creador de la controversial serie ‘Matarife, Daniel Mendoza, de la corporación.

La decisión se tomó luego de que Mendoza hiciera unas declaraciones en contra del lugar, pues en el reglamento disciplinario del club se establece que los socios deben comportase de forma respetuosa en todo momento y no pueden desprestigiar a la corporación sin pruebas certeras.

Desde hace algún tiempo, el abogado venía dando la pelea, incluso, había solicitado revertir la sanción de destitución impuesta por la junta directiva del Club El Nogal ante el Juez Cuarto Civil del Circuito de Bogotá y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Sin embargo, tras hacer varias aseveraciones en contra de la corporación fue expulsado definitivamente. 

Entre sus declaraciones, el creador de la serie ‘Matarife’ indicó que la junta directiva era “una institución corrupta que encubría las actuaciones fraudulentas de sus socios”, y luego de que se enteró de su expulsión dijo que algunos socios del club eran “tiranos y pirañas voraces” y que la junta era una “madriguera de ratas”.

Tras la decisión de la junta directiva, Mendoza solicitó a la justicia reconsiderar la decisión, pues según él, no fueron imparciales y se le restringió su libertad de expresión. Sin embargo, el tribunal constitucional le dio la razón a El Nogal.

De acuerdo con lo descrito por la Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional, la decisión del club estaba amparada por la libertad de asociación y se debe respetar el poder de las juntas directivas para “investigar a los socios que critican o cuestionan de forma infundada e irrazonable el ejercicio de sus funciones de administración”.

El tribunal estableció además, que las críticas de Mendoza no tenían un carácter razonable, reflexivo, verídico e imparcial, por lo que no se pueden contemplar como libertad de expresión e información. Ante esto, la corte concluyó que la decisión no desconoció la garantía de imparcialidad, el derecho al debido proceso ni a la libre expresión.