Destituyen a dos ex funcionarias del DAS por 'chuzadas'

La ex subdirectora de operaciones del DAS Martha Inés Leal, ha sido destituida por 15 años; y la ex coordinadora del grupo de Desarrollo Tecnológico del DAS Teresa Guzmán a 10 años.

Colombia.com - Actualidad
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La ex subdirectora de operaciones del DAS Martha Inés Leal, ha sido destituida por 15 años; y la ex coordinadora del grupo de Desarrollo Tecnológico del DAS Teresa Guzmán a 10 años.

Las destitución de las dos funcionarias se debe a faltas disciplinarias durante el desarrollo de sus funciones como servidoras públicas vinculadas al DAS.

Leal Hoyos participó en los procedimientos “irregulares efectuados a teléfonos celulares incautados a personas privadas de la libertad, con el fin de extraer, analizar e incorporar la información de dichos equipos y las respectivas tarjetas SIM al denominado “proyecto X” y seguimientos a diferentes personas sin autorización judicial durante los años 2004 a 2008”.

En la investigación disciplinaria se evidencia que estas personas incurrieron en los seguimientos a la exsenadora liberal Piedad Córdoba, al recién electo alcalde de Bogotá Gustavo Petro, al expresidente de la Corte Suprema de Justicia Cesar Julio Valencia Copete, y el abogado Ramiro Bejarano.

Algunas de las personas a las que se interceptó de manera ilegal fueron la ex congresista Piedad Córdoba Ruíz, el alcalde electo de Bogotá, Gustavo Petro; el ex presidente de la Corte Suprema, Cesar Julio Valencia Copete y su abogado, Ramiro Bejarano, entre otros.

"Analizadas las pruebas, se concluyó que existió por parte de los disciplinados sancionados responsabilidad en los hechos irregulares que vulneraron el derecho a la intimidad de varias personas y la legalidad de procedimientos de inteligencia que debían contar con autorización judicial", indica la decision del Ministerio Publico.

En el fallo se especifica, que por la formación académica y experiencia profesional de las dos disciplinadas, como servidoras públicas, les exigía “extremar los cuidados para ejercer sus funciones con el fin de evitar posibles transgresiones innecesarias a los derechos fundamentales”, pero ello no ocurrió y sin importar que esto constituía una ilicitud sin importarles las consecuencias.

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