Por: Camila Méndez Sastoque • Colombia.com

Autodeportación: La estrategia de los inmigrantes para salir de Estados Unidos

Las personas interesadas en realizar la autodeportación podrán hacerlo durante tres etapas diferentes.

La autodeportación es la alternativa de los inmigrantes en EE. UU. Foto: Shutterstock
La autodeportación es la alternativa de los inmigrantes en EE. UU. Foto: Shutterstock

Las personas interesadas en realizar la autodeportación podrán hacerlo durante tres etapas diferentes.

Desde la llegada de Donald Trump al mandato de Estados Unidos la vida para los migrantes ha sido un poco más compleja y especialmente aquellos que no cuentan con su estatus migratorio legal esto hace que se generen diferentes incertidumbres a quienes se enfrentan a procesos judiciales y también ser expulsados del país. 

Frente a estas restricciones, los migrantes han tomado la iniciativa de buscar alternativas para evitar ser deportados de Estados Unidos. Pensando en esta situación, según los medios internacionales actualmente se está llevando a cabo una práctica conocida como autodeportación, se trata de regresar voluntariamente a los países de origen para evitar sanciones y expulsaciones. 

"La salida voluntaria es permiso para abandonar el país por una forma que tiene menos sanciones negativas que ser deportado por DHS. Pedir la salida voluntaria le permite abandonar voluntariamente Estados Unidos mediante el uso de su propio dinero para pagar el viaje a su país" dio a conocer la escuela de leyes de la universidad de Miami. 

Otro de los casos que ha hecho que algunas personas no opten por esta estrategia es que aquellas que han sido condenadas por un delito agravado o es considerado de portable por razón de seguridad nacional.

Personas que pueden solicitar la salida voluntaria

Etapa 1: Antes de visitar al juez de inmigración

  • El DHS puede otorgar salida voluntaria.
  • No califican quienes tengan delitos agravados, actividades terroristas o sean un riesgo para la seguridad nacional.
  • Debe salir de inmediato o en un máximo de 120 días (puede calificar para fianza hasta la fecha de salida).
  • Puede ser necesario pagar fianza, presentar documentos de viaje y costear el traslado.
  • Debe solicitar la salida voluntaria antes de presentarse en el tribunal.

Etapa 2: Durante el proceso inicial (antes de la audiencia final)

  • DHS o el Juez de Inmigración pueden conceder la salida voluntaria.
  • No califican quienes tengan delitos agravados, actividades terroristas o sean un riesgo para EE.UU.
  • Debe salir de inmediato o en un máximo de 120 días (posible fianza hasta la fecha de salida).
  • Puede ser necesario renunciar a solicitudes de alivio migratorio, aceptar la remoción y renunciar al derecho de apelación.
  • Debe solicitar la salida voluntaria directamente al juez en la corte

Etapa 3: Al final del proceso judicial (después de perder el caso)

  • Solo es concedida si se cumplen estos requisitos:
  • Presencia en EE.UU. por un año o más.
  • Buen carácter moral en los últimos 5 años.
  • No tener condenas por delitos agravados.
  • No ser deportable por actividades terroristas.
  • Contar con dinero para el boleto de salida e intención de irse.
  • Debe salir de inmediato o en un máximo de 60 días (posible fianza hasta la fecha de salida).
  • Puede ser requerido presentar pasaporte y documentos de viaje, y pagar una fianza de $500 o más.
  • Debe solicitar la salida voluntaria al juez de inmigración.

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