Por: Stephanny Pinzón • Colombia.com

Este jueves hay ‘Día sin carro y sin moto’ en Bogotá: ¿Cuáles son las excepciones de movilidad?

Este jueves 2 de febrero se realizará la jornada de Día sin carro y sin moto en el horario de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.

Día sin carro y sin moto en Bogotá. Foto: Twitter @SectorMovilidad
Día sin carro y sin moto en Bogotá. Foto: Twitter @SectorMovilidad

Este jueves 2 de febrero se realizará la jornada de Día sin carro y sin moto en el horario de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.

El primero de febrero de 2023 el Distrito sancionó el Decreto 036, "Por medio del cual se establece medidas para la circulación de vehículos automotores y motocicletas en la ciudad de Bogotá, el primer jueves del mes de febrero de todos los años y se dictan otras disposiciones".

Según el Decreto, está prohibida la circulación de vehículos automotores y motocicletas en la ciudad de Bogotá el primer jueves del mes de febrero de todos los años, en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 9:00 p.m.

Así las cosas, teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto, este jueves 2 de febrero de 2023 habrá Día sin carro y sin moto en Bogotá; Cabe mencionar que el Decreto 036 de 2023 aclara que el beneficio de Pico y Placa Solidario no será válido durante el Día sin carro y sin moto; además de otras disposiciones.

Excepciones

En ese sentido, la alcaldía de Bogotá señaló que se aplicarán 18 excepciones para el Día sin carro y sin moto en la jornada que se adelantara este jueves 2 de febrero de 2023, de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.

  • Transporte público
  • Vehículos y motos conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
  • Vehículos y motos de emergencia.
  • Vehículos y motos propulsados por motores eléctricos.
  • Rutas escolares.
  • Carrozas fúnebres.
  • Vehículos de transporte de valores.
  • Vehículos con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
  • Vehículos y motos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Transporte destinado al control del tráfico y las grúas.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos y motos militares, de la Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular. 
  • Motos de vigilancia y seguridad privada.
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  • Motocicletas, vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos. 
  • Transporte para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
  • Vehículos y motos para el control de emisiones y vertimientos

¿Habrá pico y placa solidario?

Es importante tener presente que las personas que hayan solicitado el pico y placa solidario no contarán con el permiso de circulación; este no se pierde, se corre para el siguiente día que tenga pico y placa. 

El pico y placa solidario permite que su vehículo podrá circular libremente por la ciudad, sin las restricciones del pico y placa, gracias al pago económico que se hace.  La periodicidad del permiso la escoges usted: un día, un mes o un semestre.