Por: Daniel Gonzalez • Colombia.com

Nuevas amenazas: La advertencia de Bogotá a los conductores que trabajan en aplicaciones

Después del paro de taxistas, la alcaldía de Bogotá recordó su campaña en contra de las aplicaciones de movilidad, dejando en claro que este servicio es algo ilegal en el país.

Problemas con las aplicaciones de movilidad. Foto: Shutterstock
Problemas con las aplicaciones de movilidad. Foto: Shutterstock

Después del paro de taxistas, la alcaldía de Bogotá recordó su campaña en contra de las aplicaciones de movilidad, dejando en claro que este servicio es algo ilegal en el país.

El gremio de taxistas se tomó varias calles importantes en Colombia, reclamando su lucha en contra de las aplicaciones de movilidad en el país, las cuales son ilegales. Como consecuencia de esto y después de largas reuniones con los trabajadores de la alcaldía de Bogotá, el Gobierno Distrital ratificó su postura frente a los conductores de carros y motos que prestan sus servicios en esta clase de aplicaciones.

Por medio de un comunicado, el Gobierno Distrital dejó en claro que esta es una práctica ilegal que acarrea sanciones económicas, por lo que por ningún motivo los conductores de carros y de motos pueden prestar servicios de transporte en la ciudad. “El servicio de transporte público en Bogotá debe realizarse cumpliendo las condiciones legales vigentes. Bajo ninguna circunstancia los vehículos particulares pueden prestar servicios de transporte público de pasajeros”.

Como si esto fuera poco, la alcaldía de Bogotá le recordó a todos los conductores y usuarios de estas aplicaciones el riesgo que corren al tener estas prácticas, las cuales ascienden a una multa económica por parte de la policía. Es por esto que, nuevamente se hicieron públicas las sanciones financieras para todas las personas que sean sorprendidas utilizando esta clase de herramientas de movilidad.

Los comparendos impuestos corresponden a la infracción D.12 del Código Nacional de Tránsito son:

  • El vehículo será inmovilizado por primera vez, por el término de cinco días. Por segunda vez veinte días y por tercera vez cuarenta días.
  • El incurrir en una multa tiene las siguientes sanciones económicas 
  • Tipo A: Cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes ($173.733).
  • Tipo B: Ocho salarios mínimos legales diarios vigentes ($346.667).
  • Tipo C: Quince salarios mínimos legales diarios vigentes ($650.000).
  • Tipo D: 30 salarios mínimos legales diarios vigentes ($1.300.000).
  • Tipo E: 45 salarios mínimos legales diarios vigentes ($1.950.000).

Por último, el gremio de los taxistas se comprometió a mejorar sus servicios, el cual viene siendo criticado de la peor manera por sus usuarios. Costos elevados, vehículos en mal estado, inconvenientes con la seguridad y el pésimo trato al momento de realizar las carreras, son algunas de las quejas constantes en contra de los prestadores de este servicio de movilidad en el país. 

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