Ministerio de Salud impone nuevas normas a las EPS: si no se acogen salen del baile
El Ministerio de Salud quiere redefinir el papel de las EPS en el sistema de salud colombiano para hacerlo equitativo.

El Ministerio de Salud quiere redefinir el papel de las EPS en el sistema de salud colombiano para hacerlo equitativo.
Las EPS, Entidades Promotoras de Salud, creadas bajo la ley 100 en 1993 son hasta hoy la base del sistema de salud en Colombia y el Ministerio de Salud espera que dejen de ser protagonistas.
EPS: menos protagonismo
Gustavo Petro quiere dejar de darles protagonismo a las EPS, las que originalmente tienen dentro de sus funciones la de gestionar las afiliaciones, promover la salud, autorizar servicios, atender reclamos, pero un aspecto clave, es el de la recaudación de cotizaciones, pues reciben del gobierno una asignación económica por cada afiliado conocida como Unidad de Pago por Capitación UPC.
El Ministerio de Salud quiere crear un nuevo marco regulatorio transformando la forma en que las Entidades Promotoras de Salud operan, esto se traduce en el establecimiento de criterios técnicos más exigentes, control estatal sobre los afiliados y límites territoriales.
#Colombia | El Ministerio de Salud expidió una normativa para reorganizar las EPS a nivel nacional. Le contamos los detalles.
— Noticias Caracol (@NoticiasCaracol) October 17, 2025
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El Gobierno Nacional quiere a través de la Resolución 2161 de 2025 pasar de un modelo nacional fragmentado a un sistema coordinado territorial basado en la gestión integral del riesgo.
La resolución 2161 de 2025 se alinea con el Decreto 0858 de 2025 instaurando el nuevo modelo de salud preventivo y resolutivo con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia potencia Mundial de la vida” priorizando un sistema equitativo universal y garantista.
Territorialización, la clave del nuevo modelo
Esta redefinición del papel de las EPS reemplaza la regulación 497 de 2021 adoptando un modelo basado en capacidad operativa, solvencia y desempeño territorial que va a la par con la equidad y el derecho a la atención.
La territorialización del aseguramiento es el pilar fundamental del nuevo modelo, lo que se traduce en que las Entidades Promotoras de Salud no operarán con habilitaciones nacionales o departamentales generales, sino dentro de subregiones funcionales diseñadas para la gestión territorial integral de la salud pública de acuerdo con características geográficas, culturales, demográficas y epidemiológicas.
Una nueva clasificación
La nueva norma aplica diferentes criterios para autorizar o limitar la operación de las EPS, la resolución 2161 de 2025 reclasifica la EPS en tres niveles de operación: grandes medianas y pequeñas.
Las EPS grandes con más del 20% de los afiliados nacionales podrán operar en todas las subregiones del país.
EPS medianas con menos de 5 millones de afiliados no recibirán autorización en las subregiones donde su participación representa menos del 10% de su total nacional.
EPS pequeñas con menos de un millón de afiliados mantendrán la autorización en las subregiones donde ya opera, excepto en donde representan menos del 1%.
La nueva resolución establece un mecanismo de reasignación de afiliados garantizando continuidad de la atención cuando una EPS pierde su autorización se retira o no cumple las condiciones técnicas exigidas, el Ministerio de salud y la ADRES serán los responsables de este proceso regido por criterios técnicos.