Por: Yuly Solis • Colombia.com

Pilar Solidario entra en vigor: así funcionará el subsidio de la Renta Básica para adultos mayores en Colombia

Desde el 1 de julio de 2025, los adultos mayores podrán contar con un subsidio adicional gracias a una nueva Ley de pensiones.

Actualización
¿No se pensionó? Nuevo subsidio le dará una ‘platica’ mensual a adultos mayores. Foto: Shutterstock
¿No se pensionó? Nuevo subsidio le dará una ‘platica’ mensual a adultos mayores. Foto: Shutterstock

Desde el 1 de julio de 2025, los adultos mayores podrán contar con un subsidio adicional gracias a una nueva Ley de pensiones.

A partir del próximo 1 de julio de 2025, entra en vigencia la ley 2381 de 2024, por medio de la cual se establece la Reforma al sistema de pensiones en Colombia. Dentro de este sistema se implementará la Renta Básica Solidaria, un subsidio que tiene como objetivo entregar un ingreso mensual a personas mayores que no alcanzaron a pensionarse ni cuentan con ingresos estables. 

Este subsidio prioriza a mujeres mayores en condición de vulnerabilidad, especialmente aquellas que han sido cuidadoras o trabajadoras informales sin posibilidad de acceder a una pensión. Será operado por Prosperidad Social en alianza con el Ministerio del Trabajo, y financiado con recursos del Fondo de Solidaridad Pensional y del Presupuesto General de la Nación.

El primer pilar del nuevo sistema pensional, el pilar solidario, está diseñado para apoyar a las personas mayores con menos recursos. Se les entregará una Renta Básica Solidaria mensual, equivalente al valor mínimo para superar la pobreza extrema.

Este pilar cobija a:

  • Mujeres mayores de 60 años y hombres mayores de 65 años que viven en pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, y están clasificados en el Sisbén en las categorías que se definan por el Estado.
  • Mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años en situación de pobreza (según el Sisbén), que además tengan una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 %.
  • Pueblos indígenas, afrocolombianos, raizales y palenqueros registrados en el censo del Ministerio del Interior.
  • Cuidadores de personas con discapacidad que no tienen ingresos propios ni acceso a otros pilares del sistema, siempre que cumplan con los requisitos de edad y clasificación en el Sisbén.
  • Personas de comunidades campesinas que estén inscritas en el Registro Administrativo de Campesinado; el cual será creado por el Ministerio del Interior y el Ministerio de Agricultura. 

¿Qué requisitos debes cumplir para ser elegible del Pilar Solidario?

  • Ser ciudadano colombiano y haber residido en el territorio nacional mínimo diez (10) años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acceder a la Renta Básica Solidaria.
  • No recibir pensión.
  • No contar con el beneficio del programa Colombia Mayor.

¿Cuánto dinero recibirán los beneficiarios?

El valor mensual del subsidio será equivalente a la línea de pobreza extrema calculada por el DANE, ajustada por el IPC. Para quienes ya hacen parte del programa Colombia Mayor, el monto inicial será de $225.000 mensuales.

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