Política

Por: Christopher Ramírez • Colombia.com

Congreso aprueba ley que restringe encuestas presidenciales: así funcionará

La ley, aprobada por varios sectores del Congreso, instaura que las encuestas presidenciales puedan ver la luz hasta después del 31 de octubre de 2025.

Las encuestas presidenciales dan una luz de cómo se mueve el panorama político antes de las elecciones. Foto: Shutterstock PX Media
Las encuestas presidenciales dan una luz de cómo se mueve el panorama político antes de las elecciones. Foto: Shutterstock PX Media

La ley, aprobada por varios sectores del Congreso, instaura que las encuestas presidenciales puedan ver la luz hasta después del 31 de octubre de 2025.

El Congreso de la República aprobó una nueva ley que transformará por completo la manera en que se mide la intención de voto en Colombia. A la espera de la firma del presidente Gustavo Petro, la norma establece que las encuestas presidenciales que indaguen por preferencias electorales solo podrán publicarse tres meses antes del inicio de la inscripción de candidatos.

En el caso de las elecciones de 2026, esto significa que estarán prohibidas hasta el 31 de octubre de 2025.

Esta veda aplicará de ahora en adelante para todas las elecciones nacionales y territoriales. Según sus impulsores, el proyecto fue resultado de un “acuerdo nacional” entre partidos. Lo lideraron las senadoras Angélica Lozano (Alianza Verde), Paloma Valencia (Centro Democrático) y Clara López (Pacto Histórico), mientras que en la Cámara el ponente fue Juan Sebastián Gómez (Nuevo Liberalismo).

La medida ha generado malestar entre representantes de firmas encuestadoras, quienes afirman que el proyecto avanzó sin que se les consultara, y que podría representar un gran silencio de cara a las elecciones de 2026.

¿Qué dice esta nueva ley sobre las encuestas presidenciales?

El artículo 5 de la ley especifica que las encuestas con preguntas sobre intención de voto solo podrán realizarse dentro de los tres meses previos al inicio del período de inscripciones, que comienza cada 31 de enero previo a una elección presidencial.

No obstante, no se restringen las encuestas de reconocimiento o imagen favorable, aunque la norma exige que estas incluyan únicamente a candidatos con “notoriedad pública significativa” o “favorabilidad manifiesta”, sin definir quién establece esos criterios.

Adicionalmente, la ley impone condiciones técnicas más estrictas. Obliga a incluir municipios de todas las regiones, y en particular, a todos los que tengan más de 800 mil habitantes, según proyecciones del Dane. Esto implicará la inclusión obligatoria de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Soacha y Cúcuta, así como ciudades intermedias como Villavicencio e Ibagué.

La norma también establece que las encuestadoras deberán entregar al Consejo Nacional Electoral (CNE) las bases de datos completas (aunque anónimas) y someterse a auditoría de una nueva Comisión Técnica integrada por expertos en estadística. Además, serán responsables civil y penalmente si incumplen “las leyes de la estadística”.

"Una ley inédita": Angélica Lozano sobre nueva norma sobre encuestas presidenciales

Aunque Angélica Lozano argumenta que el proyecto tiene antecedentes y que parte del articulado se había aprobado antes en otros intentos de reforma electoral, el alcance de esta nueva prohibición es inédito.

Mientras tanto, firmas y medios evalúan posibles acciones ante lo que consideran un silenciamiento de la opinión pública en tiempos previos a las elecciones de 2026.