Política

Por: Yuly Solis • Colombia.com

Ahora la Procuraduría podrá sancionar a funcionarios elegidos por voto popular

El presidente Gustavo Petro ha sido crítico de la facultad de la Procuraduría de sancionar a funcionarios de elección popular.

Actualización
Ahora la Procuraduría podrá sancionar a funcionarios de elección popular. Foto: Pixabay
Ahora la Procuraduría podrá sancionar a funcionarios de elección popular. Foto: Pixabay

El presidente Gustavo Petro ha sido crítico de la facultad de la Procuraduría de sancionar a funcionarios de elección popular.

En horas de la tarde de este martes, 3 de diciembre, la Sala Plena del Consejo de Estado emitió un comunicado en el que se decreta que, la Procuraduría General de la Nación sí podrá sancionar a funcionarios de elección popular, como alcaldes, gobernadores, concejales y/o congresistas. 

De acuerdo a lo explicado por el presidente del Consejo de Estado, Milton Chaves, con esta decisión no se está violando ninguna ley, ya que seguiría en concordancia con las órdenes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“La Sala Plena decidió acoger el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la sentencia C-030 de 2023, en la que se señaló el alcance del recurso extraordinario de revisión, y, por tanto, la Sala Plena fija la competencia en cabeza del Consejo de Estado para tramitar y resolver este llamado recurso extraordinario de revisión en el caso de elegidos popularmente”, dijo Chaves

A su vez, explicó: “Ya queda definido de manera definitiva, de manera unificada, como digo, ya es una fuerza de una sentencia de unificación, en el sentido que el Consejo de Estado sí va a revisar esas sanciones propuestas por la Procuraduría General de la Nación, en los casos de funcionarios, servidores elegidos popularmente y en los casos de sanciones de destitución, suspensión e inhabilidades”.

De igual forma, Chaves aseguró que esta medida será transitoria, puesto que se espera que en el Congreso se pueda legislar sobre este asunto. Así mismo, detalló que esta decisión tendría algunas condicionantes a la hora de que llegase a ser necesario destituir a un funcionario de elección popular; en ese tipo de casos específicos el Consejo de Estado será el encargado de revisar los argumentos.

“Se aclara que estas reglas de unificación, que esencialmente son de trámite, tienen carácter transitorio, lo que pretenden es darle eficacia y aplicabilidad a estas normas”, aseveró Chaves.

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